Posesión del título de propiedad

Antes de llegar al día de cierre, tendrá que tomar una decisión con respecto a cómo será su "posesión del título" de propiedad. Esta decisión tiene ramificaciones legales, impositivas y de planificación hereditaria. Por lo tanto, puede resultar prudente consultar a un abogado o a un contador público diplomado (CPA, por sus siglas en inglés).

Las siguientes explicaciones se proveen con fines informativos y no deberían tomarse como definiciones legales.

Si compra solo

  • Único propietario
    • Un individuo soltero, que nunca se ha casado legalmente.
    • Un individuo que ha estado casado y ahora está divorciado legalmente.
    • Un individuo casado, que desea adquirir el título en su nombre solamente. En el momento del cierre, se le requerirá al cónyuge del comprador que abandone o renuncie específicamente a su derecho, interés y título respecto de la propiedad.

  • Fideicomiso activo (Living Trust)
    Un fideicomiso activo se constituye mientras un individuo está vivo y le permite a este individuo tener control sobre la distribución de su herencia. El individuo transfiere al fideicomiso el título sobre sus bienes y activos.

Si compra con otros

  • Propiedad mancomunada
    Le permite a cada propietario mancomunado vender o alquilar, o legar a sus herederos, la parte de la propiedad que le pertenezca.
    • ¿Quién puede poseer el título? Uno o más individuos.
    • División de la propiedad: Una o más participaciones, iguales o distintas.
    • ¿Quién es el tenedor del título? Cada propietario mancomunado tiene título legal por separado respecto de su participación indivisa en la propiedad.
    • Posesión: Igual derecho de posesión.

  • Copropiedad
    Propiedad de múltiples individuos, en la cual si uno de los copropietarios fallece, los restantes adquieren automáticamente la parte del copropietario fallecido.
    • ¿Quién puede poseer el título? Uno o más individuos.
    • División de la propiedad: Las participaciones en la propiedad no pueden dividirse.
    • ¿Quién es el tenedor del título? Hay un título único para toda la propiedad.
    • Posesión: Igual derecho de posesión.

  • Propiedad conyugal
    Bienes de propiedad de una pareja de esposos, por partes iguales. Ambos deben firmar todos los acuerdos y documentos de transferencia.
    • ¿Quién puede poseer el título? Sólo una pareja de esposos.
    • División de la propiedad: Las participaciones en la propiedad son iguales.
    • ¿Quién es el tenedor del título? Similarmente a lo que sucede con el título en una sociedad de personas, éste es mantenido en una "comunidad de intereses".
    • Posesión: Igual derecho de posesión.

Otras formas de propiedad

  • Sociedad por acciones
    Una sociedad por acciones es una persona jurídica, creada bajo las leyes del estado, que está formada por uno o más accionistas pero que, conforme a la ley, se considera que tiene esencialmente iguales que un individuo. Esta persona jurídica tiene existencia continua hasta que se la disuelve de acuerdo con los procedimientos legales. La tierra de propiedad de una sociedad por acciones no puede embargarse por deudas personales o sentencias dictadas contra cualquiera de sus accionistas.

  • Sociedad de personas
    Una sociedad de personas es una asociación de dos o más personas que pueden llevar a cabo operaciones con fines de lucro. Una sociedad de personas puede poseer el título de bienes raíces a nombre de la sociedad, en cuyo caso los socios tienen participaciones, iguales o distintas, en tales bienes.

  • Fideicomiso
    Un fideicomiso es un acuerdo por medio del cual el otorgante (o fideicomitente) transfiere el título legal de determinada propiedad a una persona que se conoce como fiduciario, para que la mantenga y administre en beneficio de las personas indicadas en el contrato de fideicomiso, a las que se denomina beneficiarios.


La Paz Mortgage

NMLS ID #251922

30131 Town Center Drive, Ste. 177
Laguna Niguel, CA 92677